domingo, 20 de noviembre de 2022

ECO.69 Algunas consideraciones sobre la Diversidad de Género (y VI)

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA DIVERSIDAD DE GÉNERO (y VI), por Juan Miguel Ortiz, Doctor en Medicina

(continuación)

 

Aquí se plantean tres nuevas cuestiones. Negación, Discriminación y exigencia de Información.

Mientras que las personas trans se quejan de que algunas personas cis niegan la existencia de los diversos de género, es una queja común en quienes se arrepienten del cambio de que son los grupos trans los que niegan la existencia de arrepentidos y señalan que a los problemas familiares y del entorno que supuso en su momento el cambio de género se añade ahora, a los causados por la vuelta atrás, la incomprensión de algunos de quienes esperaban mas comprensión y solidaridad.

En algunos casos llegan a sentirse discriminados por parte de colectivos y asociaciones que los apoyaron cuando se plantearon el cambio y que ahora se inhiben de sus problemas o los excluyen de dichos grupos.

En otros casos la queja de quienes están disconformes con el cambio que llevaron a cabo es que éste tuvo lugar sin más requisito que manifestar su deseo y sin que se les diese información suficiente de las consecuencias de los tratamientos a los que se iban a someter o de las posibilidades o no de revertir los cambios producidos. No es de extrañar que en el futuro aumenten los pleitos contra los proveedores de salud (médicos, sanitarios y clínicas) sobre la base de falta de consentimiento informado. En último término los médicos son los responsables médicos y legales de los tratamientos que administran y les corresponde asegurar de manera fehaciente (por escrito e incluso ante notario) que la información que se dio fue suficiente para tomar una decisión en libertad y con conocimiento por parte del interesado. Otra repercusión notable que se está produciendo como consecuencia de lo anterior es la desconfianza en los proveedores de salud en informes sobre el incremento en el riesgo de suicidio de este colectivo.

En este aspecto se debe considerar en particular la posibilidad de una actuación errónea. Por ejemplo, confundir una disforia de género con algunos trastornos como el autismo o ciertos síndromes post-traumáticos lo cual solamente disminuiría si previo al proceso de afirmación de género se considerase necesario un estudio psiquiátrico que permitiera el diagnostico diferencial. En este sentido hay que resaltar que la presión de algunos colectivos para incluir en la legislación la penalización de cualquier intento de disuadir al cambio de género provocará que este se lleve a cabo sin diagnóstico psiquiátrico alguno lo que, naturalmente, aumentará la frecuencia de quienes desean revertir los cambios al descubrir que su malestar no se soluciona con el cambio de sexo debido a que su causa es otra.

El asunto está sujeto a controversia y existen asociaciones de cuidados mentales partidarias de la transición en menores sin más trámites y otras que opinan que es necesaria la intervención de un profesional de salud mental en el caso de niños y jóvenes como primer paso antes de iniciar tratamientos de afirmación de género.

Hay otra situación en la que, aunque de menor gravedad, se pueden plantear problemas. Se trata de la utilización de los pronombres (personales y posesivos, sobre todo) en las relaciones personales con personas trans. De la misma manera que la paulatina desaparición del matrimonio hetero y homo sexual nos ha llevado a dejar de suponer que dos personas que conviven son marido y mujer para pasar a ser “pareja” tendremos que acostumbrarnos a dejar de considerar a otra persona como hombre o mujer y esperar a que nos diga cual es el tratamiento que debemos utilizar. La situación puede causar problemas en relaciones patrón-empleado, médico-paciente y en general cuando la persona trans (que suele ser militante activo) se siente minusvalorada o discriminada si no es tratada como ella cree que es sino como aparenta ser. Esto explica la aparición en las redes sociales y en camisetas, pegatinas y chapas términos como, por ejemplo, “she-her” para indicar que se desea un trato como mujer. Ya se han dado casos de reacciones negativas. Valga como anécdota la expulsión de una estudiante americana de ciencias de la salud que publicó en las redes sociales que el paciente con el que practicaba la punción venosa hizo un comentario despectivo de su pin (she-her) y lo castigó pinchando dos veces. La posterior rectificación de que en realidad lo que pasó es que se puso nerviosa y la segunda punción la hizo su instructor no evitó la sanción ni las explicaciones que tuvo que dar la institución.

El consejo que con el tiempo habrá que seguir, es no dar por supuesto el género de alguien a quien no conozcamos igual que no damos por supuesta su inclinación sexual, relación familiar, ideología política o adscripción religiosa.

Mientras que estamos a tiempo esperemos que nuestros legisladores tomen conciencia de la IMPORTANCIA del asunto por las CONSECUENCIAS que una mala técnica jurídica puede tener sobre las personas y los cambios sociales que se generen.



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