sábado, 10 de mayo de 2025

ECO.84 DERECHOS HUMANOS (XXIV)

DERECHOS HUMANOS (XXIV), por A. Fernández García


(Continuación)

 

Artículo 24

“Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute de tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas”.

 

Este breve artículo contiene varios contenidos que conviene desglosar.

Toda persona tiene derecho al descanso se puede entender el del almuerzo o café, obligado en los de jornada continuada cada día más frecuentes; al descanso semanal, desde el viernes a mediodía, en la mayoría de los trabajos.

En España, el descanso conocido como la “pausa del bocadillo” está regulado por el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Según esta normativa, cualquier jornada laboral continuada que exceda de seis horas debe incluir un periodo de descanso de al menos quince minutos”. Sin embargo, la ley no especifica si este tiempo debe considerarse como trabajo efectivo, dejando esta cuestión a lo que estipulen los convenios colectivos o los acuerdos dentro de cada empresa y sus empleados.

 

La jornada laboral máxima legalmente establecida es de 40 horas a la semana, distribuidos en cinco días a la semana. Precisamente en estas fechas, ayer día de los trabajadores, los sindicatos mayoritarios, CCOO y la UGT, en sus manifestaciones, dan por hecho la aplicación de la jornada de 37,5horas a la semana acordados con la actual Ministra de Trabajo, que lleva meses con ese pro yecto en sus planes sin que el mundo empresarial haya accedido a apoyarlo.

En Suecia, Noruega, Finlandia, Italia o Portugal, la jornada máxima establecida por ley también es de 40 horas, aunque el tiempo efectivo trabajado es generalmente menor. En Suecia es de 38,2 horas, en Italia de 39 y en Portugal de 39,1 horas de media.

En Japón, la jornada laboral legal estándar es de 40 horas semanales, que equivalen a 8 horas diarias, sin contar los descansos. Sin embargo, algunos sectores y empresas pueden tener acuerdos que permiten trabajar hasta 44 horas a la semana. La cultura laboral japonesa, con su énfasis en la dedicación y el trabajo en exceso, ha contribuido a la popularidad de las horas extras, aunque las leyes laborales buscan proteger a los trabajadores.

El horario laboral estándar en EE. UU. es de 8 horas diarias, de 9:00 a 17:00, con una pausa para comer de 30 minutos. Aunque la semana laboral estándar es de 40 horas, los trabajadores estadounidenses suelen superar esta cifra semanal. Los estadounidenses se identifican profundamente con su trabajo, por lo que el trabajo duro y el compromiso con la empresa son la norma.

Las vacaciones periódicas pagadas”. Las vacaciones de los trabajadores nunca pueden ser inferiores a 30 días naturales por año. Algunos convenios colectivos establecen una duración de 22 ó 23 días laborables, entre otras opciones. En términos generales, no es posible sustituir las vacaciones por una compensación económica.


(continuará)



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