Constitución Española 1978 (XV), por A.F.García
(Continuación)
Artículo 25
Principio
de legalidad penal
1. “Nadie puede ser condenado o sancionado
por acciones u omisiones, que en el momento de producirse no constituyen
delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en
aquel momento”.
Este apartado me hace recordar el
periodo más negro de la historia de España. Aprovecho la aseveración
aclaratoria de Nicolás Sartorius en TVE no hace muchos días: “amnistía no es
lo mismo que amnesia”. Finalizada la Guerra Civil española, no se aplicó
una amnistía, olvido legal de los delitos, como se haría después en los
primeros años de la democracia. Así se había prometido al entonces Premier
inglés Winston Churchill. Al contrario, se llevó a cabo una búsqueda o caza de
quienes desempeñaron responsabilidades políticas, sindicales… o simplemente
administrativas, docentes… del periodo republicano. Decenas de miles, cientos
de miles (se está aún estudiando)… pagaron con su vida, hacinados en campos de
concentración, como el cercano de Albatera, en penales y prisiones, en trabajos
forzados…
Este bello texto, sin duda, fue
pensado y redactado por nuestros ponentes constitucionalistas pensando en un
futuro donde no hubiera lugar a los abusos arriba mencionados. Me hace sentir
orgullo y satisfacción por la dosis de humanismo que impregna nuestra Carta
Magna. Sin embargo, me atrevo a puntualizar algo sobre las excepciones “el
contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria”
al hilo de lo que ocurre con frecuencia progresiva. Es lógico, muy loable y
digno de consideración la orientación hacia la reeducación y la reinserción
según el contenido del fallo y el sentido de la pena tanto para quienes
elaboran la ley penitenciaria como para quienes la aplican. Me parece más que
considerado el peligro de fuga, la duración de la reclusión cuando se trata de
un motivo político; parece que se recarga. En cambio, no se toman tantas
precauciones cuando se trata de la cada día más grave y alarmante violencia de
género. ¿Hay algo más grave que la vida de una persona? La mayoría de los
violadores y asesinos, a mi entender, son reincidentes y se les deja demasiado
pronto en libertad. Pienso que, tratándose de la vida de las personas, se debe
tomar en serio y estudiar más a fondo. El grave problema que tenemos delante lo
merece; nada hay más importante que la vida.
Este apartado es de cajón,
escueto y claro. Estoy convencido de que no hay comunidad autónoma ni rincón de
España donde no se aplique, lo que no quiere decir que no existan cabezas y
mentes con muchas aristas y muchos bordes que den lugar a los roces.
(continuará)
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