Constitución Española 1978 (XXVII), por A. Fernández García
(continuación)
Artículo 43. Protección a la salud
(continúa)
2. “Compete a los poderes
públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y
de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes
de todos al respecto.”
La sanidad pública española es una
de las mejores de la Unión Europea, considerando que ésta es la mejor del mundo;
pero esto se debe más a la entrega profesional de los sanitarios que a la Administración
de quien dependen, la cual donde primero mete la tijera para reducir gastos es en
este sector.
Ello ha traído consigo sus mártires
y sus víctimas, durante la pandemia. Yo sé que alguien muy cercano a mí, médico
de medicina preventiva, responsable de organizar el plan de vacunación de esta Comunidad
Autónoma no ha perdido la vida, que también se la ha jugado, pero sí la salud.
Extraigo datos de los mismos datos
del sector médico. Después de aumentar en 2023 un 3,2% los médicos y un 2,9% los
enfermeros, en 2024 se situó en 6,21% por cada mil habitantes para los médicos y
un 7,12% por cada mil habitantes para los enfermeros.
En nuestra sanidad ya no se trata
de ver quién ha mejorado más sino quién ha empeorado menos. La atención primaria
continúa con esperas intolerables, con recursos insuficientes, déficit de recursos
humanos y de camas hospitalarias, profundas desigualdades entre comunidades autónomas.
En cabeza se mantienen Navarra, País
Vasco y Asturias; sigue Castilla y León. Entre los peores tenemos Madrid, Andalucía,
Aragón, La Rioja, Cantabria, Comunidad Valenciana, Murcia, Castilla La Mancha, Extremadura.
He querido comparar nuestros datos
con los países de la Unión Europea y he comprobado que, a pesar de las lagunas que
muestran los profesionales del sector, nuestros datos por mil habitantes son de
los más altos del sector.
En lo referente a medidas preventivas,
prestaciones y servicios necesarios estoy convencido de que se va avanzando en estos
últimos años, si bien estemos lejos de lo deseable, necesario y, por supuesto, con
grandes diferencias de unas comunidades a otras.
Artículo 43. (continúa)
Fomento del deporte
3. “Los poderes públicos
fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán
la adecuada utilización del ocio.”
Los poderes fomentarán la educación
sanitaria y regularmente se hace en centros escolares, especialmente en primaria
y sus comedores escolares. Fuera de ellos se organizan cursos y conferencias para
concienciar a las personas, a los padres y madres, sobre todo alertando de que se
abuse y se eviten los cómodos hábitos de las comidas rápidas, elaboradas o semielaboradas.
La educación física y el deporte han
evolucionado mucho, pasando de ser una materia o asignatura de relleno que asumía
un profesor voluntario a ser un profesional formado en centros específicos. En ellos
el futuro profesor recibía amplios conocimientos sobre lo que es el deporte o el
atletismo y lo que conlleva consigo.
Asimismo facilitarán la adecuada ocupación
del ocio. Esto se desarrolla fuera de los centros escolares, no menos organizado
desde los organismos públicos: el IMSERSO, las asociaciones de mayores, las asociaciones
de mujeres, las asociaciones de vecinos…; esto sólo por citar las más generales.
Hay asociaciones como la nuestra,
La Asociación Recreativa, Deportivo Cultural Torre de Santa Elena, que tiene como
objetivo el desarrollo de la persona en los valores humanos y en su relación con
los demás. Para ello ha fundado una revista bimestral de la que éste es el nº 83.
Dispone de una biblioteca en su local; organiza actividades como: lectura, taller
de esparto, intercambios de idiomas, excursiones, paseos…
(continuará)
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