viernes, 29 de noviembre de 2024

ECO.81 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 (XXV)

Constitución Española 1978 (XXV), por A. Fernández García

(continuación)

 

 

Artículo 40                       Redistribución de la Renta. Pleno empleo

 

1.     “Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.”

 

 

El progreso social y económico en nuestro país atraviesa un buen momento en estos años posteriores a la pandemia. Los índices de crecimiento figuran entre los más altos de la UE y de la OCDE en unos años en los que la evolución, aunque positiva, es lenta.

La distribución de la renta regional y personal, en cambio, dista mucho de ser la deseable. La diferencia entre Zahínos, Higuera de Vargas con una renta anual de 13.746€ y 15 municipios más entre Extremadura y Andalucía con rentas similares, por un lado; por otro, Pozuelo de Alarcón con 85.323€ en Madrid. Por regiones, Melilla, Canarias, Andalucía, Extremadura, de menos a más, por un lado, por otro, de más a menos, Madrid, País Vasco, Navarra, Cataluña. Entre los 17.747€ de Andalucía y los 32.048€ de Madrid. 

Considero que se mantiene una política de estabilidad económica. La política orientada hacia el empleo existe, pero el pleno empleo nunca se da en nuestro país, ni siquiera ahora con más de 21 millones de empleados, la cifra más alta de nuestra historia.

Se da la paradoja: a fecha de hoy hay más de 2,7 millones de españoles en paro y más de otros tantos extranjeros trabajando.

Por parte de nuestro empresariado se dan alertas sobre la falta de empleados para el campo, para la hostelería, para la construcción, falta de obreros cualificados. Yo me pregunto si todos nuestros jóvenes aceptan esos trabajos; es más ¿están dispuestos a obtener la debida cualificación?

 

 

 Formación profesional. Jornada y descanso laboral

2.     “Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.”

 

 

En muchos de los contenidos de este apartado ha habido grandes lagunas, a veces, graves: los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales. La gran crisis que se originó en Estados Unidos con la quiebra de Lehman Brothers el 15 de septiembre de 2008 por la burbuja inmobiliaria se extendió a todo el mundo en profundas restricciones y falta de liquidez, que como es habitual en nuestro país, se aplican a los dos sectores básicos: la educación y la sanidad. Se redujeron en gran medida los centros formativos. Se generalizan los aprendices en muchas profesiones de largos horarios, no siempre asegurados, en condiciones que dejaban en el aire los últimos supuestos de este apartado hasta no hace muchos años.

Creo tener noticia de que desde hace algunos meses se está reactivando la formación profesional, lo que no deja de ser una noticia muy positiva. 

(continuará)




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