Constitución española 1978 (V), por A.F.García
TÍTULO I
De los derechos y deberes fundamentales
“Artículo 10
Derechos de la persona
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. “
Al leer estos apartados del Art.10 siento no poca desazón y tristeza y me pregunto dónde quedan esos conceptos de la dignidad de la persona en el decir y comportarse de muchas de las personas que hablan en público, a veces hasta son dirigentes políticos; dónde está el respeto a la ley y los derechos de los demás. ¿Qué derechos ha tenido el joven Samuel Luiz para ser linchado por una jauría humana? Esos jóvenes agresores ¿se han formado en un libre desarrollo de su personalidad o se han conducido y educado como manada, haciéndose acreedores al nombre de jauría. Cuáles son esos derechos inviolables. Algún lector con más luces que yo ¿me lo podrá explicar?
“2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.”
Este 2º apartado del art. 10, me
aporta no poca seguridad y tranquilidad, porque tuve la suerte de poder
conocerlos y estudiarlos, siendo joven, cuando aún no disfrutábamos de
democracia ni de constitución. Me satisface, precisamente, el que se
interpreten de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Realmente, siento inquietud y
malestar, como ciudadano de a pie, que se mencione la Constitución con mucha
frecuencia en relación a la división o unidad de España, y casi nunca en
relación con los derechos de los 47 millones de españoles. La verdad es que
para mí España es un estado, constituido en regiones y provincias con mayor o
menor autonomía, acaso más de lo conveniente. Lo que me preocupa muy seriamente
es la división y animadversión entre los españoles, que va a más en agresividad
e intolerancia, lo que da la triste impresión de que a una parte le sobra la
otra, o a unos grupos les sobran y estorban las demás.
CAPÍTULO PRIMERO
De los españoles y los extranjeros
“Artículo 11.
Nacionalidad
1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.”
El caso más frecuente y probable
de perder la nacionalidad española es del español que, trabajando y residiendo
en otro país, adquiere esa nacionalidad y no manifiesta su voluntad de
conservar la propia en el plazo de tres años en un registro civil como puede
ser un Consulado.
“2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.”
Esta aseveración, así de clara y
tajante, es de las que más me satisface de todo el texto constitucional. Me
parece absurdo que una persona pueda ser privada de la nacionalidad de su
propio país, de aquel en que ha nacido.
Durante el primer tercio de mi
vida oía y leía que había muchos enemigos de España, de la patria. Luego me fui
enterando de que esos enemigos, aparte de los países que nos retiraban
temporalmente su embajador, eran los miles de españoles que, durante la Guerra
Civil o después de ella se habían tenido que exiliar. Llevado de mi deseo de
saber la verdad e informarme, fui sabiendo que tales enemigos no lo eran de
España sino de su Régimen. Estudiantes e hispanistas extranjeros eran, por el
contrario, admiradores de nuestro país.
La mayor parte de nuestros
exiliados cruzaron el Atlántico, llevando con ellos un valioso bagaje humano y
cultural. De los que quedaron en Europa: una parte, no despreciable se enroló
en la resistencia francesa y en la división Leclerc. La compañía 109, fueron
los primeros en liberar París y coger prisionero al gobernador nazi, von
Choltitz.
Eran españoles y se sentían
orgullosos de serlo, hasta identificaban a su blindado con algún nombre
español.
El 24 de agosto de 2020 se rindió
homenaje a esos republicanos españoles como héroes de la democracia.
Los más desafortunados cayeron
bajo dominio Nazi y llevados a Campos de Concentración, algunos incluso al
exterminio.
Según consta, nuestro Jefe de
Estado entonces, Francisco Franco, no reconoció como españoles a los que como
tales le presentaba el mando del III Reich.
Repito una vez más, para este
modesto redactor, son españoles los más de 47 millones que constan en el censo
y a ellos hacen referencia los derechos humanos recogidos en nuestra
Constitución.
(continuará)
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