DERECHOS HUMANOS (X), por A.F.García
(continuación)
Artículo. 12
“Nadie será objeto de
injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia o su correspondencia ni
de ataques a su honra o su reputación. Toda persona tiene derecho a la
protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.
Esto, que nos parece
tan normal hoy día en nuestra cultura occidental, no lo es en una gran parte del
mundo ni lo ha sido en el nuestro medio siglo atrás en lo que afecta a la
mujer. ¿Se imaginan a las españolas actuales que no pudieran viajar ni tener
cuenta propia en el banco y que el marido se permitiera gastar el dinero de
ambos sin control alguno por parte de ella?
Quiero creer que
actualmente no se producen normalmente injerencias en la vida privada ni en la
correspondencia escrita; pero en las redes sociales y entre nuestros
representantes en el Congreso los ataques a la honra o reputación de las
personas se producen a diario. Es una vergüenza, una indecencia y una bajeza
moral, que escandaliza al ciudadano normal de este país.
Artículo. 13
Considero que esto es y debe ser normal en todo el mundo. La particularidad en el nuestro está en que en alguna comunidad se exija previamente el idioma de esa comunidad para aspirar a un empleo público cuando el castellano es el idioma oficial de todo el estado. No tengo constancia que se le exija en los países de la UE, donde se supone que la persona interesada lo aprenderá por propio su propio interés y beneficio.
Es muy lógico y
loable que se enuncie este derecho; pero su aplicación lo convierte más en un
deseo que una realidad. Salvo entre los países que componen la Unión Europea,
no es tan fácil salir de un país y entrar en otro. Las dificultades
burocráticas no son lo peor. La seguridad del país a donde se desea ir es lo
segundo. Y lo tercero ¿se atrevería uno a ir a una zona en conflicto? Por
supuesto, que una cosa es ir a visitarlo como turista y otra es trasladarse a
vivir.
(continuará)
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