domingo, 11 de mayo de 2025

EL ECO DE LA TORRE Nª 84 (Mayo - Junio 2025)

 EL ECO DE LA TORRE



A.R.D.C. Torre de Santa Elena


Boletín Informativo número 84

Mayo - Junio 2025
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EQUIPO DE REDACCIÓN Y COLABORADORES


Antonio Fernández García
Paco Acosta
Eladio Chávarri / Baldomero López Carrera
José Luis Mozo
Juan Miguel Ortiz
Nicolás Pérez-Serrano Jáuregui
Antonio Asensio Velázquez Lajarín
Giovanni Criscione
Ricardo Márquez
Francisco Fernández Carvajal








ARTO Reformas en general
Asociación ADELA
Autos AL-MAZARRON Citroën
BricoPepelino
B. Restaurante Deskaro
B. Restaurante Villamares
Café Bar El Ancla
Casa Pepelino
Centro de Buceo Rivemar 
Chiringuito La Cangreja -La Azohía-
Club de Mayores de Isla Plana
Farmacia Serrano Ciller -La Azohía-
Farmacia Martínez García –Isla Plana-
Inmobiliaria Casas del Mar
Mola Mola Kayak 
Panadería Méndez 
Restaurante Acuario
Restaurante Antípodas Tavern
Restaurante Casa del Nono
Restaurante La Bodega Molina
Restaurante La Taberna de Isla Plana
Supermercado  León (SPAR)
Vistabella Ferris (Restaurante y Chiringuito)
 

 



sábado, 10 de mayo de 2025

ECO.84 DERECHOS HUMANOS (XXIV)

DERECHOS HUMANOS (XXIV), por A. Fernández García


(Continuación)

 

Artículo 24

“Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute de tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas”.

 

Este breve artículo contiene varios contenidos que conviene desglosar.

Toda persona tiene derecho al descanso se puede entender el del almuerzo o café, obligado en los de jornada continuada cada día más frecuentes; al descanso semanal, desde el viernes a mediodía, en la mayoría de los trabajos.

En España, el descanso conocido como la “pausa del bocadillo” está regulado por el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Según esta normativa, cualquier jornada laboral continuada que exceda de seis horas debe incluir un periodo de descanso de al menos quince minutos”. Sin embargo, la ley no especifica si este tiempo debe considerarse como trabajo efectivo, dejando esta cuestión a lo que estipulen los convenios colectivos o los acuerdos dentro de cada empresa y sus empleados.

 

La jornada laboral máxima legalmente establecida es de 40 horas a la semana, distribuidos en cinco días a la semana. Precisamente en estas fechas, ayer día de los trabajadores, los sindicatos mayoritarios, CCOO y la UGT, en sus manifestaciones, dan por hecho la aplicación de la jornada de 37,5horas a la semana acordados con la actual Ministra de Trabajo, que lleva meses con ese pro yecto en sus planes sin que el mundo empresarial haya accedido a apoyarlo.

En Suecia, Noruega, Finlandia, Italia o Portugal, la jornada máxima establecida por ley también es de 40 horas, aunque el tiempo efectivo trabajado es generalmente menor. En Suecia es de 38,2 horas, en Italia de 39 y en Portugal de 39,1 horas de media.

En Japón, la jornada laboral legal estándar es de 40 horas semanales, que equivalen a 8 horas diarias, sin contar los descansos. Sin embargo, algunos sectores y empresas pueden tener acuerdos que permiten trabajar hasta 44 horas a la semana. La cultura laboral japonesa, con su énfasis en la dedicación y el trabajo en exceso, ha contribuido a la popularidad de las horas extras, aunque las leyes laborales buscan proteger a los trabajadores.

El horario laboral estándar en EE. UU. es de 8 horas diarias, de 9:00 a 17:00, con una pausa para comer de 30 minutos. Aunque la semana laboral estándar es de 40 horas, los trabajadores estadounidenses suelen superar esta cifra semanal. Los estadounidenses se identifican profundamente con su trabajo, por lo que el trabajo duro y el compromiso con la empresa son la norma.

Las vacaciones periódicas pagadas”. Las vacaciones de los trabajadores nunca pueden ser inferiores a 30 días naturales por año. Algunos convenios colectivos establecen una duración de 22 ó 23 días laborables, entre otras opciones. En términos generales, no es posible sustituir las vacaciones por una compensación económica.


(continuará)



ECO.84 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 (XXVIII)

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 (XXVIII), por A. Fernández García

 (Continuación)

 

 Artículo. 44                                      Acceso a la cultura

 1.     “Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.”

Asociando cultura, educación y ciencia por método de desarrollar este trabajo, voy a realizarlo por niveles educativos, diferenciando centros públicos y centros privados.

1 En España hay 15.421 centros públicos infantiles y 9.027 centros privados infantiles. En todo caso se debe diferenciar los que realmente son educativos y los que son sólo guarderías, más normal en el periodo de 0-3 años.

2 En España hay 14.000 centros educativos de Enseñanza Primaria: más de 10.300 públicos y más de 3. 400 privados. Datos de 2024.

3 En Enseñanza Secundaria ESO, Bachiller y Formación Profesional hay 4080 centros públicos y 435 concertados.

El centro de Enseñanza Primaria Fernando de los Ríos en la Latina y de Secundaria en Alcorcón son los mejor cualificados.

 

 2.     Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.” 

Actualmente, según datos del Ministerio de Ciencia, el sistema universitario español cuenta con 91 universidades: 50 públicas y 41 privadas. Pero mientras la última pública fue abierta en Cartagena en 1998, hace ya casi treinta años, 26 privadas han visto la luz en estos últimos 27 años.

Ahora bien, la más grande, mejor situada y más prestigiosa de España es La Complutense.

A modo de ejemplo para todo el mundo se nos presenta Finlandia. Es un estado de 336.462 Kms2 y 5,584 millones de habitantes. En Finlandia, la educación es gratuita en todos los niveles para alumnos y estudiantes. No hay tasas de matrícula desde preescolar hasta la educación superior.

En Finlandia existen 13 universidades estatales, las cuales se enfocan en la investigación científica y ofrecen una educación más teórica. Además, hay 22 universidades de ciencias aplicadas (UAS), que se centran en la formación práctica y técnica. En total, el sistema de educación superior finlandés incluye 14 universidades y 22 UAS.

Yo he cursado estudios superiores de Filosofía y Letras, que concluí con la titulación de Filología Hispánica. Empecé en la Universidad de Deusto (privada) y finalicé en la Universidad Pública de Valladolid.

Ahora, considerando nuestra valiosa Carta Magna, me pregunto: ¿Por qué han surgido en estos últimos 26 años 27 universidades privadas? No es que no sea constitucional porque nuestra Constitución admite las dos opciones, pública y privada. Sino ¿por qué han surgido así, en pocos años, como hongos?

¿Por qué, precisamente, casi la mitad en la Comunidad de Madrid? ¿Acaso no se ofrece buena calidad desde la Universidad Pública? Es más ¿por qué en estos últimos años se le reduce la dotación a la Universidad Complutense, si desde su fundación es la más prestigiosa de España?

 

(continuará)




ECO.84 NO ME GUSTA... EL NEPOTISMO

NO ME GUSTA... EL NEPOTISMO. por Paco Acosta

 

NO me gusta, en ninguna de sus formas, el nepotismo. A pesar de que la sociedad actual, de tanto “verlo” a su alrededor (o a “sufrirlo”…) casi se ha acostumbrado y lo contempla como algo normal. 

Para aquellos que no tengan claro a lo que me refiero, empezaré con la definición que nos presenta la Real Academia Española. 

Nepotismo: “Utilización de un cargo para designar a familiares o amigos en determinados empleos o concederles otros tipos de favores, al margen del principio de mérito y capacidad”. 

Y a continuación indica sus sinónimos en español (algunos de los cuales pueden parecernos más “suaves”, y por tanto más aceptables): amiguismo, favoritismo, enchufe, enchufismo, cuatachismo, parcialismo, favor, parcialidad, predilección, privanza.

 

He empezado escribiendo, que no me gustaba el nepotismo “en ninguna de sus formas”. Pero creo que yo estaba pensando fundamentalmente -como muchos- en el “nepotismo en la vida política”, en ese nepotismo de “promover o favorecer a familiares -o amigos- en empleos o posiciones de poder, a pesar de que no cumplan con los requisitos o estándares de mérito”… Últimamente este fenómeno está saliendo mucho en los medios de comunicación ¿verdad? 

Sin embargo, el asunto parece tener menor importancia si “solo” hablamos de favoritismo, o de amiguismo, o de “buscarse un enchufe”,… ¿Hay alguien que no haya “utilizado” la “posición” de un familiar o de un amigo, para solicitar un “favor”, un “saltarse la cola”, un “interesarse por algún asunto o trámite”, un “ver si le retiraban una multa de aparcamiento”, o “pretender que te adelanten una importante operación o cita médica”,…? En definitiva, un nepotismo de bajo nivel, por parte de aquellos que ostentan una cierta cota de poder, aunque sea pequeña o ficticia, y del que se aprovechan amigos o familiares… 

A este respecto suelo contar un “sucedido” en primera persona. Un familiar cercano me solicitó “ejerciera influencia”, para apoyar la contratación de un conocido que optaba a un puesto en mi empresa (la multinacional en la que trabajaba). Por supuesto que no hice nada. Si valía para el puesto, ya se lo reconocerían. Pero eso no se lo dije al familiar. Poco después me llamó para comunicarme lo agradecido que estaba “el conocido”, porque había sido contratado. 

Una explicación sencilla. El nepotismo, amiguismo y enchufismo son términos que se usan para describir prácticas de favoritismo y corrupción.

El nepotismo se refiere a la preferencia o el favorecimiento hacia parientes en cargos públicos, mientras que el amiguismo se enfoca en la promoción de amigos, incluso si no son los más adecuados. El enchufismo, un término coloquial, se utiliza para describir la influencia de personas influyentes para conseguir empleos o favores, a menudo de manera irregular.

 

Y ahora vuelvo a lo del comienzo. 

NO me gusta nada el nepotismo o amiguismo de colocar a los amigos, a los familiares, a las queridas, a los compañeros/compañeras de partido político,… en puestos a los que de ninguna forma hubieran podido acceder si no hubiera sido por la presencia en “el poder” de alguien que “favorece o impulsa” esa colocación. Y este “enchufismo” puede ser directo (esto es promovido directamente por el “poderoso”), o indirecto, -aquel que realizan los “adláteres” del poderoso, o sus compañeros, o sus amigotes, para granjearse su cercanía o amistad-. 

De estos tipos hay actualmente varias denuncias en los tribunales…, aunque por lo general se sustentan en una supuesta o real corrupción. 

Pero también hay otros casos, muy “cacareados” (aunque creo no susceptibles de denuncia judicial), que afectan a la presencia de personas sin la que podría ser considerada “apropiada cualificación”, en consejos de administración de empresas u organismos dependientes del gobierno o relacionados con él. 

NO me gusta, tampoco, esa otra forma de “facilitar la colocación posterior”, que ha dado en llamarse de “las puertas giratorias”, en la que un alto cargo político, al ser cesado pasa a ocupar un puesto importante, por el solo o principal mérito de haber sido lo que fue, y por supuesto cuando sigue siendo “amigo” de los que ostentan el poder…




ECO.84 ASALTOS A PARLAMENTOS (IX)

ASALTOS A PARLAMENTOS (IX), por Nicolás Pérez-Serrano Jáuregui

 

(continuación)

 

(sigue la transcripción del Diario de Sesiones de las Cortes constituyentes de la República española, correspondiente a la sesión del viernes 2 de Enero de 1874. Continúa el Sr. PRESIDENTE) 

Entiendo que bajo esta presión no puede, no debe continuar la votación que estaba verificándose. En los momentos en que este recado se había recibido aún no había terminado, sino que se estaba comenzando el escrutinio.

El Gobierno presidido por el digno é ilustre patricio D. Emilio Castelar es todavía Gobierno; no hace mucho tiempo que os decía que tenía una perfecta conciencia del sentimiento de su deber, por el valor y por la energía con que sabía inspirarse para defendernos, y acaba de darme palabra de ello pocos momentos hace con la lealtad que está fuera de toda duda; y toda vez que bajo esta presión no podemos continuar verificando la votación, y puesto que todavía es Gobierno, sus disposiciones habrá adoptado ya. Entretanto yo creo que debemos seguir en sesión permanente, y seremos fuertes para resistir hasta que nos desalojen por la fuerza, dando un espectáculo que aun cuando no sepan apreciarlo en lo que vale aquellos que solo pueden conseguir el triunfo por ciertos medios, las generaciones futuras sepan que los que antes éramos adversarios, ahora todos hemos estado unidos para defender la República. (Varios señores Diputados: Todos, todos.) 

Un Sr. Diputado-. ¡Viva la soberanía nacional! ¡Viva la República! ¡Viva la Asamblea! 

(Estos vivas fueron contestados por todos los lados de la Cámara.) 

El Sr. PRESIDENTE: No esperaba yo menos, señores Diputados: ahora somos todos unos. (Varios Sres. Diputados-, Todos, todos.)

Se han borrado en este momento todas las diferencias que nos separaban, hasta tanto que no quede reintegrada esta Cámara en la representación do la soberanía nacional (Muy bien), y que se le podrá arrancar por la fuerza de las bayonetas, pero quo no se le arrancará el derecho que tiene. 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Pido la palabra. 

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S. 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Yo siento no participar de la opinión de S. S. respecto al escrutinio, porque yo creo que el escrutinio debe continuar como si no sucediera nada fuera de esta Cámara. Puesto que todavía tenemos aquí la libertad de acción, continuemos el escrutinio, sin que por eso el Presidente del Poder ejecutivo tenga que rehuir ninguna responsabilidad. Yo he reorganizado el ejército, pero lo he reorganizado, no para que se volviera contra la legalidad, sino para que la mantuviera. (Aplausos.)

Yo, señores, no puedo hacer otra cosa más que morir aquí el primero con vosotros... (Bravo, bravo.) 

El Sr. BENOT: ¿Hay armas? Vengan. Nos defenderemos. 

El Sr. PRESIDENTE: Señores Diputados, inútil seria nuestra defensa, y empeoraríamos nuestra causa. 

Un Sr. Diputado: No se puede empeorar. 

El Sr. PRESIDENTE: Digo que nosotros nos defenderemos con aquellas armas que son las más poderosas en estos momentos: las de nuestro derecho, las de nuestra dignidad y las de nuestra resignación para recibir semejantes ataques. 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Pero una cosa hay que hacer... (Un Sr. Diputado: Que se dé un voto de confianza al Ministerio que ha dimitido.)

De ninguna manera; aunque la Cámara lo votara, este Gobierno no puede ser Gobierno, para que no se dijera nunca que había sido impuesto por el temor de las armas á una Asamblea soberana. Lo que está pasando me inhabilita á mí perpetuamente, no solo para ser poder, sino para ser hombre político. 

Un Sr. Diputado: No, que te creemos leal. 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Así es, señores, que á mí no me toca demostrar que yo no podía tener parte alguna en esto. Aquí, con vosotros los que esperéis, moriré y moriremos todos. 

El Sr. BENOT: Morir no, vencer. 

El Sr. CHAO: Me atrevo á hacer una declaración y una petición á la Cámara y al Sr. Presidente del Poder ejecutivo, y es que, si lo tiene á bien, expida un decreto declarando fuera de la ley al general Pavía, y otro decreto sujetándole á un consejo de guerra, y si es necesario desligando del deber de la obediencia al soldado. (Muchos Sres. Diputados: Sí, sí.) 

El Sr. Ministro de la GUERRA (Sánchez Bregua): Pido la palabra. 

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S. 

El Sr. Ministro de la GUERRA (Sánchez Bregua): Señores Diputados, en este mismo momento, cumpliendo con la voluntad soberana de las Cortes, voy á extender el decreto destituyendo al general Pavía de sus honores y condecoraciones. (Aplausos-, muy bien.) 

El Sr. FERNANDEZ LATORRE: Y que se le haga saber á la parte del ejército que está á las puertas del Congreso. 

El Sr. OLAVE: Había pedido la palabra. 

El Sr. PRESIDENTE: Dispénseme el Sr. Olave; creo que la había pedido antes el Sr. Canalejas, y tiene la palabra. 

El Sr. CANALEJAS: Era tan solo para indicar á la Cámara, si lo cree conveniente, á fin de ganar tiempo, que en estas ocasiones el tiempo es precioso, que la Cámara, comisionando desde luego á dos ó tres Diputados, vayan á llevarle el decreto que acaba de dictar esta Asamblea al general rebelde. 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Yo no puedo consentir que ningún Diputado al llevarle pueda exponerse... (Un Sr. Diputado: Yo voy. Varias voces: Yo también.) 

El Sr. CHAO: Venga el decreto exonerándole, y yo le llevo. (Otros Sres. Diputados: Y yo también.) 

El Sr. CALVO: La Guardia civil entra en el edificio preguntando á los porteros la dirección, y diciendo que se desaloje el edificio de orden del capitán general de Madrid. 

El Sr. BENITEZ DE LUGO: Que entre y todo el mundo á su asiento. 

El Sr. PRESIDENTE: Ruego á los Sres. Diputados que se sirvan ocupar sus asientos y que solo esté en pié aquel que haya de hacer uso de la palabra. 

El Sr. BENITEZ DE LUGO: He pedido la palabra. 

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S. 

El Sr. BENITEZ DE LUGO: Es para rogar á los Sres. Diputados de la izquierda y del centro que han votado conmigo, yo que no puedo ser sospechoso, porque he consumido un turno en centra de la política del Sr. Castelar, que en este momento la Cámara entera dé un voto de confianza al Sr. Castelar. (Muchos Sres. Diputados: Por unanimidad.) 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Ya no tendría fuerza, y no me obedecerán. 

El Sr. PRESIDENTE: Ruego á los Sres. Diputados que ocupen sus asientos.

No tenemos más remedio que ceder ante la fuerza, pero ocupando cada cual su puesto. Vienen aquí, y nos desalojan. ¿Acuerdan los Sres. Diputados que debemos resistir? ¿Nos dejamos matar en nuestros asientos? (Varios Sres. Diputados: Sí, sí, todos.) 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): Señor Presidente, yo estoy en mi puesto, y nadie me arrancará de él. Yo declaro que me quedo aquí, y aquí moriré. 

Un Sr. Diputado: Ya entra la fuerza armada en este salón. 

(Penetra en el salón tropa armada.) 

Varios Sres. Diputados: ¡Qué escándalo! 

El Sr. Presidente del PODER EJECUTIVO (Castelar): ¡Qué vergüenza! 

Varios Sres. Diputados: Soldados, ¡Viva la República federal! ¡Viva la Asamblea soberana!»

 (Otros Sres. Diputados apostrofan á los soldados, que se reniegan á la galena y allí se oyen algunos disparos, quedando terminada la sesión en el acto.) 

Eran las siete y media de la mañana.” 

 

(continuará)




ECO.84 EL DERECHO IMPOSIBLE (y II)

EL DERECHO IMPOSIBLE (y II), por Juan Miguel Ortiz, Doctor en Medicina

(continuación)

 

¿De qué manera podría el juicio de residencia permitir que se ejerciera el derecho “a participar en los asuntos públicos por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”, derecho que tenemos, según nuestra Constitución? 

¿Que era el juicio de residencia?

En su formato de la época moderna, según lo establecieron los Reyes católicos en 1500 y que duró hasta 1834 tras la muerte de Fernando VII, se trataba de un proceso, en el que la autoridad, que terminaba su mandato, permanecía en su puesto hasta que un juez, nombrado por el Estado, oía las quejas que se presentaban sobre el desempeño de su función e inquiría de oficio sobre el mismo asunto. El juzgado se defendía y podía ser condenado a multa o prisión o salir inocente, en cuyo caso solía ser nombrado para un cargo superior. 

Por los que eran partidarios de que todo poder procede de Dios, se citaba como antecedente la exigencia de responsabilidades que su patrón le pide al empleado en la parábola del “Mayordomo infiel” en el Evangelio de Lucas. 

Más antigua aún es la referencia del primer libro de Samuel cuando, al terminar su mandato y tras ungir a Saúl como rey, Samuel reúne al pueblo y pregunta:

¿He quitado a nadie un buey?

¿He quitado a nadie un asno?

¿He oprimido a nadie?

¿He perjudicado a nadie?

¿He aceptado de nadie presentes, ni aún un par de sandalias?

Dad testimonio contra mi y yo responderé.

 

He copiado la cita porque, solamente con que nuestros gobernantes se planteasen responder a estas preguntas al terminar sus mandatos, bien podríamos darnos con un canto en los dientes. 

Volvamos al juicio de residencia.

Los historiadores del Derecho citan una Constitución del año 475, dictada por el emperador romano de oriente, Zenón (el mismo que reconoció al germano Odoacro como Rey de Italia, cuando depuso a Rómulo Augusto ‘a’ Augústulo como emperador, terminando así con el Imperio Romano de Occidente en septiembre de 476), en la que se obliga a jueces y otros magistrados del imperio que hayan cesado en el cargo, a permanecer 50 días en los lugares que administraron, sin ocultarse, para que todos los habitantes pudieran promover querellas por hurtos o crímenes en su contra. 

El periodo de 50 días es interesante, porque se mantendría en la legislación durante bastantes siglos.

De esta manera en la legislación de Castilla en la Partida 3º se establece que: “Los jueces, ..., debían obligarse con fiadores a que al término de su mandato permanecerían cincuenta días en el lugar donde juzgaron para hacer derecho a todos aquellos que hubiesen recibido tuerto”. 

Siempre en Castilla, el 9 de junio de 1500, los Reyes Católicos dictan en Sevilla la “Instrucción de Corregidores y Jueces de Residencia” con la que se sistematiza y organiza el juicio de residencia. 

Trecientos años después, en 1805, estas normas se incorporan a la Novísima Recopilación de Leyes de España. 

Como derecho típicamente castellano se trasladó a las Indias, sin por eso desaparecer de la península, aunque sufrió adaptaciones, inevitables, dada la distancia entre los territorios americanos y la Corte española. 

Los caracteres más importantes del juicio de residencia y por los cuales despierta interés actualmente eran:

- su carácter universal, todas las autoridades sabían al empezar el ejercicio de su cargo que al terminar serian investigadas lo cual podía poner un freno a la corrupción y el abuso.

- la participación en las denuncias de cualquier persona que considerara que se había producido un mal ejercicio o un abuso del poder.

- su resolución rápida en la primera instancia y que en origen eran los 50 días de permanencia del residenciado en su localidad. 

Por supuesto que no se trata de resucitar el juicio de residencia como tal para poder ejercer nuestro derecho a participar en los asuntos públicos (aunque pienso que no estaría mal para los cientos de cargos de libre designación que los gobiernos nombran discrecionalmente, es decir sin que se exijan de verdad los criterios de igualdad y mérito. -CIS, Banco de España, AEMET, INE, SEPI, TVE, Fiscal General, etc, etc, .., solamente a título de ejemplo, en la Presidencia de Gobierno se nombran digitalmente a 3 Secretarías de Estado, 5 Subsecretarías, 20 Direcciones Generales, y 40 Subdirecciones Generales- que al terminar la legislatura salen por la puerta giratoria y si te he visto, no me acuerdo). 

Entonces…

Se trataría de establecer algún mecanismo que garantizara que las promesas electorales, mediante las cuales los ciudadanos participamos en los asuntos públicos, fueran algo más que “flatus vocis”. 

Por supuesto previa exigencia de que dichos programas sean concretos y no simples generalizaciones hermosamente redactadas. No es mucho pedir, para unos entes de tanta importancia constitucional como la que tienen los partidos políticos. 

Se podrían aprovechar instituciones ya existentes como el Defensor de Pueblo y la Junta Electoral Central para controlar el cumplimiento de las propuestas.

Por ejemplo, una norma que creara en el Defensor del Pueblo una Comisión Técnica que obligara a publicar, al finalizar la legislatura, los programas electorales de los partidos del gobierno y el nivel de ejecución real que han tenido. Por supuesto formada por expertos de verdad e independientes, no como los que acostumbramos a ver por este país. Pongamos por ejemplo:  

Propuesta electoral de X

Resultado

Bajar los impuestos

Incumplido al 100%  o

cumplido al 0%

Disminuir el paro

Cumplido en un 25%  o

incumplido al 75%

Crear 100.000 viviendas

Cumplido en 1%   o

incumplido al 99%

y así sucesivamente.


Finalmente los expertos podrían establecer una especie de puntuación con estos datos que indicase hasta qué punto el partido X cumplió o no su programa electoral. 

En el ejemplo resultaría un cumplimiento en promedio de menos del 10%.

La participación de la Junta Electoral podría ser la de aplicar las multas correspondientes en los casos de incumplimiento, de la misma manera que multa a los candidatos y partidos que incumplen la Ley electoral en campaña. Por ejemplo, podrían utilizarse los ingresos y subvenciones que los partidos reciben según los resultados electorales para pagar estas sanciones.

Si el partido puede multar al diputado que no vota como indica el portavoz del grupo, parece lógico que también se pueda multar al partido que no cumple sus promesas electorales. 

¿Qué sentido tiene financiar a un partido que ha engañado a los electores prometiendo algo que posiblemente le ha permitido gobernar y que a la hora de la verdad no ha llevado a cabo?

¿No parece lógico que se pueda llegar, en los casos más graves, incluso a la inhabilitación para presentarse en el siguiente proceso electoral? 

Mientras tanto agua y ……

 ¿Cuál es la lógica de lo propuesto?

Mientras que el derecho a “participar en los asuntos públicos por medio de representantesestá en la sección 1ª del Capítulo II de la Constitución, con el subtítulo “De los derechos fundamentales...”; en la siguiente sección, subtitulada “De los derechos y deberes de los ciudadanos” el artículo 33 declara:

“Artículo 33.1 Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia”.

Al contrario de lo que pasa con el derecho a participar, en este caso, el Estado se ha preocupado por proteger este derecho. 

Así, en el Código Penal se lee: “Artículo 248. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años”. 

Esta es una de las maneras en las que se protege el derecho a la propiedad. 

¿Y si hubiera otro artículo que podría decir, algo parecido a esto?

Articulo X. Cometen estafa electoral los que, con ánimo de ser votados, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de votación, en perjuicio del derecho de participación en los asuntos públicos, del votante o de otro. 

Pues eso…




ECO.84 POEMAS RECIBIDOS 30 (de Rafael de León)

POEMAS RECIBIDOS 30 (de Rafael de León


ENCUENTRO

 

Me tropecé contigo en primavera,

una tarde de sol delgada y fina,

y fuiste en mi espalda enredadera

y en mi cintura, lazo y serpentina.

 

Me diste la blandura de tu cera

y yo te di las sal de mi salina.

Y navegamos juntos, sin bandera,

por el mar de la rosa y de la espina.

 

Y después, a morir, a ser dos ríos

sin adelfas, oscuros y vacíos,

para la boca torpe de la gente...

 

Y por detrás, dos lunas, dos espadas,

dos cinturas, dos bocas enlazadas

y dos arcos de amor de un mismo puente.

 

 

CENTINELA DE AMOR

 

Te puse tras la tapia de mi frente

para tenerte así mejor guardado

y te velé, ¡ay, amor!, diariamente

con bayoneta y casco de soldado.

 

Te quise tanto, tanto, que la gente

me señalaba igual que a un apestado;

¡pero qué feliz era sobre el puente

de tu amor, oh, mi río desbordado!

 

Un día me dijiste: -No te quiero...

y mi tapia de vidrios y de acero

a tu voz vino al suelo en un escombro.

 

La saliva en mi boca se hizo nieve,

y me morí como un jacinto breve

apoyado en la rosa de tu hombro. 

 

Rafel de León (1908-1982)


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Durante el confinamiento pusimos en marcha, por e-mail, una cadena de envío de poemas a personas no-conocidas, con la esperanza de recibir también algunos. Este fue uno de los recibidos… En números anteriores ya hemos publicado otros.