Ante la Eutanasia que viene: (II) Postura de la organización "Derecho a Morir Dignamente" (DMD), por Paco Acosta
Iniciábamos en el pasado número esta serie de artículos con la postura de la Iglesia Católica. En este segundo artículo consideramos otra postura diferente, la de Derecho a Morir Dignamente (DMD), la asociación más importante en defensa de la eutanasia y el suicidio asistido. Comienza con una breve reseña de lo que representa esta organización, y finaliza con una nota de prensa, reproducida íntegramente, que resume su postura.
Derecho a Morir Dignamente (DMD) es una asociación sin ánimo de lucro, que lucha por la despenalización de la eutanasia y la libre disposición de la propia vida en España. Es una organización independiente, política (quiere que cambien las leyes) pero no vinculada a ningún partido.
Son sus fines:
- Promover el derecho de toda persona a disponer con libertad de su cuerpo y de su vida, y a elegir libre y legalmente el momento y los medios para finalizarla.
- Defender, de modo especial, el derecho de los enfermos terminales e irreversibles a morir sin sufrimientos, si este es su deseo expreso.
Comunicado de Prensa del pasado 6
de noviembre de 2020, elaborado conjuntamente por CCOO del País Valenciano y
DMD.
“CCOO PV y DMD presentan la ‘Guía de los derechos al final de la vida’ y piden que se garantice su aplicación
El documento, elaborado por ambas organizaciones, pretende ser una herramienta de información sobre los derechos por una muerte digna, actualmente reconocidos por la legislación autonómica pero no suficientemente conocidos ni por la ciudadanía, ni por la profesión sanitaria. Para CCOO PV y DMD es necesario un incremento de las plantillas sanitarias y la formación para poder dar cumplimiento a la normativa.
En el marco del Convenio de colaboración entre la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano (CCOO PV) y la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), un grupo de trabajo mixto de ambas organizaciones, ha elaborado una Guía recopilatoria de los derechos sanitarios de las personas en el proceso final de la vida.
En este sentido, la Guía que hoy presentamos quiere ser una herramienta de información ciudadana sobre los derechos por una muerte digna ya actualmente reconocidos y que están recogidos en la Ley 16/2018, de 28 de junio de la Generalitat, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención al final de la vida.
Unos derechos que, todo se tiene que decir, no han estado suficientemente difundidos por las administraciones públicas, que, además, tendrían que garantizar la aplicación. Ni entre la ciudadanía, que es la titular, ni entre el conjunto profesional sanitario, ni los encargados y las encargadas de llevarlos a buen término. Por esta razón, nuestra Guía es también un toque de atención para emplazar a las instituciones a lograr un compromiso de difusión y facilitación social.
Para dar cumplimiento a la Ley autonómica, que establece los deberes del personal sanitario y sociosanitario, es necesario que los profesionales y las profesionales conozcan y apliquen la normativa. Así lo ha señalado la secretaria de Política Social de CCOO PV, Ana Belén Montero, que considera fundamental la formación del personal implicado en la atención al final de la vida, sobre cómo hacer efectivos estos derechos.
Además, para garantizar su correcta aplicación, hay que incrementar el número de profesionales sanitarios porque puedan intervenir en los propios domicilios de las personas que necesitan tratamientos paliativos. Y actualmente, las plantillas sanitarias están muy ajustadas y resulta prácticamente imposible la aplicación correcta de la Ley.
CCOO PV y DMD CV reclaman a la Administración la constitución del Observatorio Valenciano de la Muerte Digna, tal y como se recoge en la Ley autonómica, porque se genere un seguimiento de la aplicación de estos derechos.
La Guía que presentamos hace referencia, entre otros, a los derechos de información, de consentimiento o de rechazo de los tratamientos, de planificación de las voluntades anticipadas, de alivio del dolor y de atención paliativa. También se dan orientaciones sobre cómo reivindicar la aplicación en caso de mala praxis. Finalmente, se hace una descripción detallada de como agasajar el Documento de voluntades anticipadas (DVA) o testamento vital.
En un momento en que se está
tramitando el Proyecto de ley de eutanasia, DMD quiere dejar constancia de la
necesidad de reconocer el derecho de las personas a decidir sobre la propia
vida. Un derecho que valora la compasión por el sufrimiento extremo y el
respecto a la voluntad de las personas que libremente decidan utilizarlo”.
Según se deduce del contenido de esta
guía y de otras publicaciones de DMD:
Es la ley más garantista de las
que existen en Europa. Es una ley segura.
Exige ampliar el número de
profesionales sanitarios para que se pueda aplicar correctamente.
La petición ha de hacerla la
propia persona y reiterarla pasado un cierto tiempo.
Un médico certificará que la
decisión es libre, autónoma y no hay presiones externas.
La autorización de la
eutanasia la decidirá una Comisión de Evaluación nombrada por la comunidad
autónoma.
En opinión de DMD, eutanasia y
cuidados paliativos son complementarios y no excluyentes que responden a la
pluralidad de cualquier sociedad libre. Refleja en sus escritos que, en un
principio, la mayoría elige recibir cuidados paliativos para aminorar el
sufrimiento que las enfermedades terminales comportan y prevén que algunas
de ellas solicitarán la eutanasia a lo largo de la evolución.
También opina que seguirá “trabajando
para que se simplifiquen los pasos para la petición, para vigilar que se cumpla
la ley y para que se amplíen los supuestos que regula la ley de eutanasia”.
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