viernes, 12 de febrero de 2021

ECO.58 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 (II)

 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 (II), por A.F.García

(continuación) Siguen los párrafos del Preámbulo.


“Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.”

Los derechos humanos parecen desconocerse en mucha mayor proporción entre la clase política que entre los ciudadanos. Esos vetos políticos que se aplican entre partidos no tienen cabida en los derechos constitucionales, donde se deben respetar las diferencias por raza, lengua, religión o ideas políticas entre personas o grupos. En cuanto al ejercicio de los mismos andamos más lejos aún.

 

“Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.”

El desarrollo y su proceso ha traído consigo en esta última década el que se haya doblado el número de ricos y más que doblado el de pobres. La mayor parte de la población no ha recuperado el poder adquisitivo de 2008 ni la calidad de vida de entonces.

 

“Establecer una sociedad democrática avanzada, y

 Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la tierra.”

Contradiciendo este párrafo el Gobierno español apoyó la invasión de Irak por parte de una coalición, liderada por Estados Unidos con el falso pretexto de destruir sus almacenes de armas de destrucción masiva. Apoyó la intervención, el falso pretexto y presionó a países hispanos para que la apoyaran también como miembros del Consejo de Seguridad de la ONU.


“En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente

CONSTITUCIÓN

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1.   La soberanía reside en el pueblo

1.     España se constituye en un estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2.     La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3.     La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.”

Estoy asombrado de algunos líderes políticos, juristas o aficionados de juristas que pretenden sustituir la Monarquía por la República, así como de la noche a la mañana. Yo, ciudadano de a pie, ni monárquico ni republicano, escandalizado e indignado con esta clase política, que lleva años con trifurca diaria en el congreso y en la calle por cualquier asunto real o inventado; incapaz de unirse para enfrentarse a esta gravísima pandemia, para cumplir con la Constitución en la Renovación del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, que a duras penas aprobó unos presupuestos…

Estoy asombrado de que en esta escandalosa y vergonzosa situación se pretenda cambiar la forma de Estado, para lo que, a mi entender, es conveniente y necesario reformar la Constitución, por una mayoría, hoy imposible, y el pertinente referéndum. Además, ¿quién nos garantiza, en la actual situación de división, vetos y enfrentamiento irracionales, que la elección de un presidente y su permanencia en el puesto haga posible una mayor estabilidad que la actual monarquía?

 

“Artículo 2.       Unidad de la Nación y derecho a la autonomía

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.”

En este artículo ha habido mucho trabajo, y mucho tira y afloja entre los ponentes hasta llegar a esta redacción de consenso, que, sin embargo, refleja la historia y los intereses de las distintas regiones. Hay dos ideas que quedan muy claras:

1. La unidad indivisible de la Nación y el Estado español.

2. Reconocer y garantizar el derecho a la autonomía de las distintas regiones. Y la solidaridad entre todas ellas.

3. Históricamente ninguna región puede decir que haya sido invadida y conquistada por el Estado. Es más, Euskadi no formaba un territorio único.

4. El conde de Barcelona. se unió en Matrimonio a la heredera de Aragón para unir los dos territorios, antes de que se reconquistara el territorio de Tarragona.

5. El matrimonio de Isabel y Fernando tenía como objeto unir la península en sus descendientes.

6. Sin embargo, la unidad uniforme nunca ha existido, al menos como algunos pretenden.

7. El castellano, español fuera de España, es el idioma oficial. Todos tienen el deber de conocerlo y el derecho a usarlo. Las otras lenguas de la Península se deben respetar y mantener como bien cultural que son.

 

(Continuará)


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